Este trámite debe utilizarse para contestar al traslado de una solicitud de caducidad, que se haya presentado sobre registros de marcas,
nombres comerciales o marcas internacionales.
Si desease presentar posteriormente un escrito que complemente las alegaciones formuladas en éste, deberá utilizar el apartado "
Escrito complementario en procedimientos de nulidad y caducidad".
Asimismo, en caso de que el registro impugnado sea una marca nacional o un nombre comercial,
si el titular quisiera renunciar a todos o a algunos de los productos o servicios contra los que se dirige la solicitud de caducidad (artículo 61, apartados 6 y 7 del Real Decreto 687/2002),
podrá realizarlo a través de la opción de "RENUNCIA", incluida en este mismo trámite.
SUSPENSIONES DE TRAMITACIÓN EN UN PROCEDIMIENTO DE NULIDAD
Art. 26.d) de la Ley de Marcas: la OEPM podrá suspender la tramitación del procedimiento a petición conjunta de todos los interesados, sin que la suspensión pueda exceder de seis meses. El documento instando la suspensión deberá estar firmado por todos los interesados (o representantes acreditados).
Art. 61.bis 2 de la Ley de Marcas: la OEPM podrá suspender la tramitación del procedimiento a instancia de parte, y previa audiencia de las demás, si la validez del registro impugnado en el procedimiento de nulidad se hallara ya impugnada mediante demanda reconvencional ante un tribunal.
SUSPENSIONES DE TRAMITACIÓN EN UN PROCEDIMIENTO DE CADUCIDAD
Art. 26.d) de la Ley de Marcas: la OEPM podrá suspender la tramitación del procedimiento a petición conjunta de todos los interesados, sin que la suspensión pueda exceder de seis meses. El documento instando la suspensión deberá estar firmado por todos los interesados (o representantes acreditados).
Art. 61.bis 2 de la Ley de Marcas: la OEPM podrá suspender la tramitación del procedimiento a instancia de parte, y previa audiencia de las demás, si la validez del registro impugnado en el procedimiento de caducidad se hallara ya impugnada mediante demanda reconvencional ante un tribunal.