Este trámite tiene por objeto solicitar la inscripción de un poder general para actuar ente la OEPM de acuerdo con lo establecido en el art. 57, 2 del R.D. 687/2002, de 12 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre de Marcas, así como lo establecido en el art. 108, 2 del R.D. 316/2017, de 31 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes.