Opendata es el portal de la Oficina Española de Patentes y Marcas para la publicación de datos públicos. Estos datos se generan de una forma reutilizable, con el fin de que terceros puedan explotar estos datos mediantes servicios propios o derivados.
La apertura de datos públicos consiste en publicar la información que posee el sector público al alcance de todos los ciudadanos en un formato digital, estandarizado y abierto, siguiendo una estructura clara que permita la compresión de los datos. Al mismo tiempo se facilita el acceso a esta información para fomentar su reutilización.
De esta forma la sociedad -ciudadanía, empresas y cualquier otra institución- pueden acceder fácilmente para informarse o para crear nuevos servicios y así aumentar el valor social y comercial.
leer másEn la presente norma se recomienda la utilización de los recursos que ofrece el lenguaje extensible de marcado (XML) para la presentación, el tratamiento, la publicación y el intercambio de todo tipo de información relativa a las patentes. La norma se basa en gran parte en las Instrucciones Administrativas del Tratado de Cooperación en materia de Patentes, Parte 7, Anexo F, Apéndice I. La expresión “recursos que ofrece el lenguaje extensible de marcado” se refiere a cualquiera de los componentes utilizados para crear y operar una aplicación en ese lenguaje. Si bien los recursos mencionados incluyen, por lo general, hojas de estilo, esquemas del World Wide Web Consortium (Consorcio W3C) y otros objetos, en la presente norma se incorporan por ahora sólo definiciones de tipo de documento (DTD), tipos de contenido, elementos y un pequeño juego de entidades de caracteres. Para más información sobre el World Wide Web Consortium (Consorcio W3C), visite el sitio http://www.w3c.org/
ALCANCE DE LA NORMA: Si bien está previsto que las DTD a las que se hace referencia en el Anexo F se utilicen en el marco del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes, el propósito de la presente norma es que todas las oficinas de patentes utilicen las DTD para el intercambio electrónico de información. El modelo de DTD que se presenta en el Anexo A de la Norma servirá de orientación para el empleo de los elementos comunes internacionales a los fines de la publicación de los documentos de patente. A medida que la norma evolucione podrán ir añadiéndose a la lista nuevas DTD.
La Oficina Española de Patentes y Marcas ha generado su propia DTD basada en este estándar.
Enlace al estándar ST.36 de la OMPI
La presente Recomendación es aplicación de la Norma Internacional ISO 8879: 1986, Proceso de la información - Sistemas de texto y de oficina - Lenguaje Normalizado para el Marcado Generalizado (SGML), que se está revisando.
En la presente Recomendación se prevé el intercambio de documentos de patente en forma legible por máquina, sea cual sea el soporte de intercambio, en un formato independiente del equipo, de los programas y del diseño informáticos. Esa independencia en la representación de los contenidos de un documento en función de sus usos previstos se logra mediante la aplicación de la Norma Internacional de la ISO 8879 1986, Proceso de la información -Sistemas de texto y de oficina- Lenguaje Normalizado para el Marcado Generalizado (SGML), que permite definir identificadores genéricos utilizados a su vez para determinar la estructura lógica de cada documento de patente.
La Norma Internacional ISO 8879: 1986 no puede utilizarse per se como base para el procesamiento de documentos; ni es ésa su finalidad. En cambio, normaliza la aplicación de códigos genéricos y conceptos de marcado generalizado. Establece una sintaxis coherente e inequívoca para describir todo lo que un usuario necesite identificar dentro de un documento (ISO 8879: 1986, página 2). La elección de los identificadores, es decir, la semántica a la que se aplica esa sintaxis, corresponde al usuario.
La Oficina Española de Patentes y Marcas tiene previsto modificar el intercambio de datos que actualmente se lleva a cabo mediante esta norma por el intercambio de datos mediante la Norma ST36.
Enlace al estándar ST.32 de la OMPI
La presente recomendación está destinada a mejorar el valor informativo de los boletines oficiales al incluir los códigos normalizados con los diversos encabezamientos que figuran generalmente en los anuncios publicados en estos boletines.
La inserción de códigos para identificar los distintos encabezamientos de los anuncios deberá permitir al usuario encontrar más rápidamente aquellos que le interesan; sin necesitar un conocimiento particular del idioma en el cual el boletín oficial ha sido publicado, ni conocimiento especializado de las leyes sobre propiedad industrial en cuestión.
La Oficina Española de Patentes y Marcas ha generado su propia DTD basada en este estándar.
Enlace al estándar ST.17 de la OMPI
La presente Norma tiene por fin proporcionar orientación a las autoridades nacionales, regionales e internacionales que, sobre la base de la legislación naciona l de propiedad industrial o de los convenios internacionales en materia de propiedad industrial, publiquen anuncios de solici tudes de registro de diseños industriales o de registros de diseños industriales. 12. La presente Norma tiene por fin proporcionar recursos XML para el intercambio y tramitación de documentos de diseños industriales y registros de transacciones de diseño s industriales. Véase el Apéndice 2 para los modelos de esquemas relativos a varios tipos de documentos de diseños industriales y registros de transacción. 13. La presente Norma abarca únicamente el esquema XML del W3C. Aunque puede generarse automáticamente una DTD de XML a partir de un esquema XML que se halle en c oncordancia con la presente Norma, por definición, ninguna DTD puede estar en concordancia con la presente Norma. Véase http://www.w3.org/XML/Schema#dev para la especificación del esquema XML
Enlace al estándar ST.86 de la OMPI
En la presente Norma se recomienda la utilización de los recursos que ofrece el lenguaje extensible de marcado (XML) para la presentación, el tratamiento, la publicación y el intercambio de todo tipo de información relativa a las marcas. La Norma se basa en gran parte en el modelo de norma de XML aplicable a las marcas, en http://www.tm-xml.org/, las DTD del sistema de comunicaciones electrónicas del Sistema de Madrid (en adelante denominado MECA) de la OMPI y la Norma ST.36 de la OMPI.
Con la expresión “recursos de XML” se hace referencia a cualquiera de los elementos utilizados para crear y operar una aplicación en ese lenguaje. Para más información acerca del W3C (Consorcio World Wide Web), véase http://www.w3c.org/.
El término “esquema de XML” es un lenguaje que describe la estructura y limita el contenido de los documentos en XML.
Existen numerosos lenguajes de esquema basados en XML. En la presente Norma se recomienda únicamente el lenguaje de esquema de XML del W3C. El término “definición de esquema XML (XSD)” corresponde a un esquema de XML escrito en un lenguaje de esquema de XML del W3C. El XSD define las limitaciones aplicables a qué elementos y atributos deben figurar en una clase de documentos XML, su relación entre ellos, qué tipos de datos pueden contener, etcétera
Enlace al estándar ST.66 de la OMPI
En la presente norma se definen los elementos de datos que constituyen un fichero de referencia de documentos de patente, así como su estructura y formato.
El objeto básico del fichero de referencia expedido por una oficina de propiedad intelectual (OPI) es permitir que otras OPI y partes interesadas evalúen si está completa la documentación disponible sobre la patente.
Para poder verificar la coherencia, el fichero de referencia deberá incluir la lista de todos los números de publicaciones asignadas por la OPI. Ello podrá incluir números de publicación para los que no hay disponible un documento publicado (algo que puede ocurrir cuando las solicitudes se retiran antes de la publicación o en el caso de documentos destruidos), así como números de publicaciones que sólo incluyan datos bibliográficos.
Enlace al estándar ST.37 de la OMPI
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